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Reglas para la certificación de empresas IMMEX

On enero 8, 2014

Reglas para la certificación de empresas IMMEX

Estimados Clientes y Amigos:

Con fecha 1º. de enero de 2014, se publicó la Sexta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013, que regula la disposición de la Ley del IVA contenida en su artículo 28-A que establece que los IMMEX que importen temporalmente materia prima, podrán aplicar un crédito fiscal contra el impuesto al valor agregado que deben pagar en la importación temporal, al 100% de dicho impuesto, el cual será acreditable contra el IVA que deba pagarse, siempre que se obtenga una certificación por parte del SAT, esta certificación también será para efectos del IEPS.

Se establece que habrá tres modalidades de certificación A, AA y AAA, las cuales tendrán distintos beneficios y deberán cumplirse los siguientes requisitos generales:

a) Ingresar al portal de ventanilla única para llenar la solicitud de certificación en materia de IVA y IEPS.

b) Contar con control de inventarios de conformidad con reglas generales.

c) Presentar opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales de la solicitante, así como la de socios, accionistas, representante legal, administrador único o miembros del consejo de administración emitida por el SAT.

d) No encontrarse al momento de ingresar la solicitud en el listado de empresa publicadas por el SAT como contribuyentes incumplidos.

e) Que sus certificados de sellos digitales estén vigentes y no se hubiera comprobado que se infringió la presentación de declaraciones periódicas o este no localizado.

f) Que todos los trabajadores estén registrados ante el IMSS y se hayan pagado en línea las cuotas obrero-patronales.

g) Acreditar inversión en territorio nacional.

h) Reportar el nombre y dirección de clientes y proveedores en el extranjero con quienes realizaron operaciones de comercio exterior en el ejercicio inmediato anterior.

i) Permitir el acceso a personal del SAT a la visita de inspección inicial, a las de supervisión de cumplimiento, y cumplir con los parámetros del régimen aduanero en el que realice las operaciones de comercio exterior.

Asimismo, también se deberá observar lo siguiente:

  1. Contar con programa vigente a la fecha de solicitud.
  2. Tener registrados ante el SAT todos los domicilios o establecimientos en los que realicen actividades vinculadas con el programa de maquila o exportación.
  3. Contar con infraestructura para la realización de la operación del programa IMMEX, misma que podrá ser revisada por la autoridad aduanera.
  4. Acreditar que durante los últimos doce meses, el valor de la mercancía transformada y retornada durante dicho periodo representa al menos el 60% del valor de las importaciones temporales de insumos durante el mismo periodo.
  5. Acreditar que la empresa cuenta con el legal uso o goce del inmueble o inmuebles donde lleva a cabo sus actividades productivas.
  6. Describir las actividades relacionadas con los procesos productivos o prestación de servicios conforme a la modalidad del programa.
  7. Acreditar que la empresa cuenta con un contrato de maquila u orden de compra.
  8. Existen reglas específicas para maquiladoras que produzcan mercancía sensible, como es el caso del calzado.

Los anteriores requisitos son para obtener la certificación A, sí se quiere obtener la AA y la AAA, que otorgan mayores beneficios se establecen obligaciones y  documentación adicional.

El SAT resolverá la solicitud de certificación en un término de 40 días después de entregada la documentación.

Los beneficios con la certificación A son:

  1. Crédito Fiscal en sus operaciones destinadas a los regímenes aduaneros de importación temporal para elaboración, transformación en programas de maquila.
  2. Obtendrán la devolución del IVA, en un plazo que no excederá de 20 días contados a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud respectiva.
  3. La vigencia de la certificación será por un año.

Los beneficios con la certificación AA, además de los anteriores serán:

  1. Obtendrá la devolución del IVA, en un plazo que no excederá de 15 días contados a partir de la presentación de la solicitud respectiva.
  2. Sí después de iniciadas las facultades de comprobación, el contribuyente mediante escrito libre determine las contribuciones omitidas, se le otorgará un plazo de 30 días para corregir su situación fiscal.
  3. Previo al inicio de facultades de comprobación, sí la autoridad aduanera detecta la presunta omisión de contribuciones y aprovechamientos derivado de operaciones de comercio exterior, podrá hacerlo del conocimiento del contribuyente a través de una carta invitación, si no se atiende esta invitación en el plazo concedido, dicha autoridad podrá iniciar sus facultades de comprobación.
  4. Sí se advierten causales para suspender el padrón de importadores, se seguirá el procedimiento respectivo.
  5. La vigencia de la certificación será por dos años, misma que será renovada automáticamente cuando se solicite.

Las empresas que obtengan la certificación AAA, tendrán los siguientes beneficios adicionales.

  1. Crédito Fiscal en sus operaciones de importación temporal para transformación o elaboración en programas de maquila.
  2. Obtener la devolución del IVA, en un plazo que no excederá de 10 días a partir de la presentación de la solicitud respectiva.
  3. Sí después de iniciadas las facultades de comprobación, el contribuyente mediante escrito libre determine las contribuciones omitidas, se le otorgará un plazo de 30 días para corregir su situación fiscal.
  4. Previo al inicio de facultades de comprobación, sí la autoridad aduanera detecta la presunta omisión de contribuciones y aprovechamientos derivado de operaciones de comercio exterior, podrá hacerlo del conocimiento del contribuyente a través de una carta invitación.
  5. Sí se advierten causales para suspender el padrón de importadores, se seguirá el procedimiento respectivo.
  6. Podrán presentar pedimentos consolidados mensuales.
  7. Con relación a la obligación de llevar sistemas de control de inventarios en forma automatizada, podrán acreditar que cumplen con dicha obligación siempre que cuenten con un control de inventarios que refleje el destino, descargos y los saldos de las materias primas, en cual deberá ser trasmitido en los términos que establezca el SAT.
  8. Podrán efectuar el despacho aduanero, sin declarar o trasmitir en el pedimento, los números de serie, siempre que lleven un registro actualizado de dicha información, en el sistema de control de inventarios el cual genere los reportes que solicite la autoridad.
  9. Podrá optar por el despacho aduanero de exportación en su domicilio, siempre y cuando se cumplan con los lineamientos que para tal efecto emita el SAT.
  10. La vigencia de esta certificación será de 3 años, y podrá renovarse automáticamente, cuando se solicite.

Además de los anteriores requisitos, una vez que se obtenga alguna de las certificaciones mencionadas, se deberán cumplir las siguientes obligaciones:

  1. Cumplir permanentemente con los requisitos para la certificación
  2. Dar aviso ante el SAT, en un plazo no mayor a 5 días, de cualquier cambio de denominación o razón social, domicilio fiscal o del domicilio o domicilios donde realiza el proceso productivo, o de modificación de socios, accionistas o miembros o integrantes, administrador único o consejo de administración y representantes legales.
  3. Actualizar los datos de la Solicitud de Certificación, en caso de cambio o modificación de empresas transportistas, recintos fiscalizados y relación de clientes y proveedores nacionales y extranjeros vinculados al proceso productivo.
  4. Realizar todas las operaciones de comercio exterior con empresas transportistas que cuenten con registro CAAT.
  5. Cuando se lleve a cabo fusiones, se deberá dar aviso al SAT.
  6. Cuando derivado de la fusión o escisión resulte una nueva empresa, se deberá presentar una nueva solicitud de certificación.
  7. Los contribuyentes que certificados con un programa IMMEX, deberán realizar vía electrónica el alta de las empresas con las que realizan pedimentos de transferencia virtual y con las empresas que realizan procesos de submaquila.
  8. Permitir a las autoridades aduaneras las inspecciones de supervisión física a las plantas.
  9. Estar permanentemente al corriente en sus obligaciones ante el IMSS y que estas se realicen en línea.

Se establecen diversas causales de cancelación de las certificaciones.

Se establece un calendario para solicitar la certificación, comenzando con las empresas IMMEX certificadas desde el primero de abril hasta el 22 de octubre dependiendo de su actividad y la zona geográfica en que se encuentre el contribuyente.

De no obtenerse la certificación se tendrá que pagar el IVA en las importaciones temporales a partir del 2015 y eventualmente solicitar la devolución del mismo cuando se demuestre que las materias primas importadas temporalmente fueron transformadas y exportadas en los tiempos que establece la legislación aduanera.

Estas reglas ya están en vigor a partir del 1º. De enero de 2014.

Consideramos que se debe tener asesoría profesional para preparar estas solicitudes, dada la complejidad de las mismas, con experiencia en las áreas legal corporativo y comercio exterior. Si desea más información o bien que le asesoremos para la obtención de la certificación en cualquiera de sus modalidades, contamos con el personal y la experiencia necesaria para ello, estando a sus órdenes en todas nuestras oficinas.

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